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Pensión alimentaria – Preguntas frecuentes

¿Qué es la pensión alimentaria?

Es  obligación de los padres y es un derecho que tienen las personas menores de edad, de que sus padres cubran sus necesidades básicas. Lo solicita  el padre o madre que ejerza la guarda crianza del niño.

¿Qué comprende el monto de la pensión alimentaria?

  • Educación- Comida- Habitación-Vestido–Atención Médica – Diversión-Transporte- recibos de agua y luz.

Gastos Extraordinarios:

  • Médicos  y urgentes- Sepelio del beneficiario – Cobro de Subsidio prenatal y de lactancia- Gastos por terapia o atención especializada, en casos de abuso sexual o violencia doméstica.

Igualmente se debe pagar el aguinaldo equivalente a una mensualidad, pagadera en los primeros quince días del diciembre.

Como se calcula el  monto?

Esta cifra se calcula mediante las posibilidades económicas de las personas (salario)  y las necesidades de las y los beneficiarios. No será excusa atendible que el obligado no tenga trabajo. Se toma en cuenta el estilo de vida al cual estaba acostumbrado disfrutar la persona menor de edad y el mismo no se puede desmejorar, el juez analizara la prueba recibida (documental, prueba testimonial, pericial o reconocimiento judicial)

¿Quién tiene la obligación de dar la pensión alimentaria?

  1. Los padres y/o madres a los hijos  menores de edad o los mayores de edad, que por padecer problemas de salud, no puedan trabajar (incapaces).
  2. Los padres y/o madres a los hijos  mayores de 18 años pero menores de 25 años, siempre y cuando demuestren que todavía se encuentran estudiando con una carga académica razonable y que obtienen buen rendimiento para la obtención de una profesión.

ADN LA PRUEBA 4000-3544

 

 


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